En Veritas Legal Internacional sabemos que detrás de cada solicitud de extranjería hay una historia personal. Muchas veces se trata de familias separadas por fronteras, por trámites que se dilatan o por obstáculos legales que parecen imposibles de sortear.
Por eso, la autorización de residencia temporal para familiares de ciudadanos españoles representa una herramienta legal real y efectiva para facilitar la reagrupación familiar en España.
🔍 ¿Qué es esta autorización?
Es un permiso de residencia temporal para familiares de ciudadanos españoles que no tengan nacionalidad de un país de la UE, del EEE ni de Suiza. Este permiso les permite residir legalmente en España, siempre que se mantenga el vínculo familiar y exista convivencia o reagrupación efectiva en territorio español.
👨👩👧👦 ¿Quiénes pueden solicitarla?
No se limita solo a cónyuges o parejas registradas. La normativa abarca múltiples realidades familiares:
- Parejas no casadas con relación estable de al menos 12 meses o con hijos en común.
- Hijos menores de 26 años (o mayores si dependen económicamente o tienen discapacidad), propios o del cónyuge/pareja.
- Ascendientes (padres o suegros), cuando estén a cargo o por razones humanitarias.
- Padre, madre o tutor de un menor español si convive con él o cumple funciones de cuidado efectivo.
- Un único familiar cercano que se encargue de una persona española en situación de dependencia reconocida.
- Hijos de progenitores que sean o hayan sido españoles de origen.
- Otros familiares a cargo, cuya situación particular justifique la necesidad de reunificación.
Este abanico de supuestos refleja la sensibilidad del legislador frente a las distintas estructuras familiares que hoy coexisten.
📌 Requisitos generales
Para acceder a esta autorización, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- No ser nacional de la UE, EEE ni Suiza.
- Carecer de antecedentes penales recientes y no figurar como inadmisible en el espacio Schengen.
- Mantener el vínculo familiar y convivir (o comprometerse a convivir) con el ciudadano español.
- No haber contraído compromisos de no retorno en España u otros países del espacio Schengen.
🗂️ ¿Qué documentación se requiere?
La documentación varía según el perfil del solicitante. En general se solicita:
- Pasaporte vigente del solicitante y del ciudadano español.
- Prueba del vínculo familiar (certificados de nacimiento, matrimonio, convivencia…).
- Certificado de antecedentes penales actualizado.
- En su caso, documentación que pruebe convivencia, dependencia o cuidado del familiar español.
- Para parejas no registradas: prueba de convivencia continuada durante al menos un año (salvo hijos comunes).
- Traducción jurada y legalización/apostilla de toda la documentación extranjera.
📍 ¿Dónde y quién presenta la solicitud?
Dependerá de la situación concreta:
- Si el ciudadano español vive en España y el familiar está fuera: presenta el ciudadano español en España.
- Si ambos están fuera y desean entrar juntos: puede presentarla el familiar extranjero.
- Si ambos ya están en España: es posible presentarla aquí, en casos concretos (padres de menores españoles, cuidadores, parejas estables, etc.).
Cada caso requiere una evaluación individual para identificar la vía más adecuada.
🔁 ¿Cómo funciona la renovación?
Es una autorización temporal, sujeta a renovación periódica, siempre y cuando se mantengan los requisitos originales, en especial la convivencia y el vínculo familiar. Es esencial no agotar los plazos y gestionar la renovación con antelación.
🤝 En Veritas Legal Internacional te acompañamos
Desde nuestro despacho, analizamos tu situación concreta, te ayudamos a preparar toda la documentación necesaria y hacemos un seguimiento proactivo del expediente para evitar errores o retrasos.
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Te atendemos con cercanía, claridad y rigor técnico, porque sabemos que no se trata solo de papeles: se trata de estar con los tuyos.